Elección de autoridades volverá a legisladores, por cualquier vía
La Asamblea Nacional recuperará la atribución de designar las autoridades de control del Estado por cualquiera de las tres alternativas jurídicas que están en proceso para desaparecer al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS).
Lo hacía antes, pero con la Constitución del 2008 se creó el CPCCS con doce atribuciones, entre ellas la nominación de más de 60 titulares de 21 entidades gubernamentales.
Esa tarea que ha sido cuestionada en los últimos diez años es por la que el denominado Comité por la Institucionalización Democrática y el movimiento político Ahora 65 impulsan una reforma parcial a la Constitución para que lo desaparezca.
El Comité no solo quiere que se elimine al Consejo, sino que la elección de los altos funcionarios la asuma una Cámara Bicameral –que se implementaría en la Asamblea– integrada por 30 senadores, y que la Fiscalía General sea un ente independiente de la Función Judicial.
La Corte Constitucional resolvió que el procedimiento para las dos propuestas era aplicar el artículo 442 de la Constitución, realizando una reforma parcial. Y dispuso al Consejo Nacional Electoral (CNE) que entregue formularios para que obtengan el 1% de firmas del electorado para respaldar el proyecto, esto es, 132.620.
El comité empezó esa tarea este jueves, y su coordinador, Pablo Dávila, espera tener más de las 132.000 en 90 días. Si las rúbricas son legítimas, el CNE deberá convocar a un referéndum para que con la mitad más uno de votos válidos se implemente la nueva estructura.
Mientras, el movimiento político aún espera que le den los formularios para arrancar con la recolección.
A la par, el presidente de la Asamblea, César Litardo, junto con una coalición de bancadas como AP, CREO, BIN, BADI y algunos legisladores del PSC recogieron 56 firmas de respaldo para presentar a la Corte Constitucional su propuesta de quince enmiendas constitucionales para que la designación de las autoridades pase a ser su potestad; aunque, no se desaparecerá al CPCCS.
La Corte deberá emitir un dictamen de procedimiento de enmienda, además de revisar si los textos no afectan derechos o la estructura del Estado.
Según el reglamento a la Ley de Garantías Constitucionales, hay un plazo de 25 días para resolver. El juez ponente tendrá quince días para elaborar su proyecto de dictamen, y el pleno diez para analizarlo y aprobarlo o negarlo.
En esencia, las tres propuestas confluyen en un solo resultado: que la Función Legislativa a través de sus legisladores sea la que elija a las autoridades de control.
La consejera del CPCCS Ibeth Estupiñán exhorta a los proponentes a iniciar un debate sobre quién asumirá las otras potestades que actualmente tiene el organismo del que es parte, “eso no se menciona”.
No obstante, dice que respetará el pronunciamiento popular en el caso de que haya un referéndum; o lo que se decida en la Asamblea si las enmiendas se aprueban antes que las iniciativas populares.
El jurista Stalin Raza teme que los legisladores se “queden entrampados” si no logran aprobar los proyectos de reforma parcial. “Puede que los legisladores tramiten las propuestas, pero qué pasará si no hay los votos para aprobar”.
Cree que no se aplicaría el artículo 192 del Código de la Democracia, que indica que si en un año no se trata la propuesta, los proponentes podrán pedir al CNE llamar a consulta. El caso es que “la Asamblea sí lo trata, pero no lo aprueba por falta de votos”.
Fuente: Diario El Universo
MV