De uno a tres años de prisión por sobornar a un agente de tránsito
La Empresa Municipal de Movilidad, informó de la detención de un ciudadano por haber intentado sobornar a un agente de tránsito. Su gerente, Adrián Castro, hizo un llamado a evitar este tipo de delitos, que se sancionan con prisión.
Según el artículo 280 del El Código Orgánico Integral Penal, COIP, los servidores públicos que reciban o acepten un beneficio económico indebido serán sancionados con pena privativa de libertad de uno a tres años.
El artículo 109 señala que si el servidor público ejecuta el acto o no realiza el acto debido, será sancionado con pena privativa de libertad de tres a cinco años.
“Para corromper a una persona se necesita de dos, la persona que solicita esta situación, o una persona a que incita a que se cometa este ilícito” dijo Castro.
El funcionario añadió que el personal de la EMOV está capacitado para evitar este tipo de delitos y apenas ocurra una situación de soborno, “lo que hacen es pasar el respectivo informe y poner a órdenes de las autoridades competentes”.
“El cohecho no se trata de una contravención, si no se trata de infracción, que está dentro de una pena de delito” reiteró Castro.
Fuente: Diario El Tiempo
MV